sábado, 1 de septiembre de 2018

Revelación de secretos: El Rey está desnudo



Domingo, 26 de agosto
YO, ROBOT

Al verme empujar a menudo un carrito de bebé, los conocidos me miran extrañados. “¿Un nieto?”, me preguntan algunos. A ninguno se le ocurre –tampoco soy tan viejo– que pudiera ser mi hijo. Pero no es ni una cosa ni otra, es solo mi ahijado. El hijo de dos queridos amigos que me han concedido el privilegio de aceptar mi ayuda –más simbólica que otra cosa– en una de las más fascinantes aventuras de la humanidad.
            Al pequeño Martín –se llama así porque así me llaman mis amigos– le tuve en los brazos el día en que nació. Desde entonces –pronto va a cumplir dos años– apenas hay día en que no haya tenido ocasión de aprender de él.
            Pocos seres tan prodigiosos y tan desvalidos como un recién nacido. Nos sostiene el amor, sin el amor siempre alerta no podríamos sobrevivir.
            Hoy he pasado la tarde con Martín y Marta en el Parque de Invierno. Nunca había estado antes por allí. Martín me ha enseñado un Oviedo de zonas verdes y parques infantiles que desconocía. Hoy, gracias a él, he divagado por un laberinto verde, cruzado puentes y atravesado un largo túnel –el del antiguo ferrocarril vasco– que desconocía.
            Martín me ha enseñado a observar las hormigas, las orugas, las hojas secas, el musgo en el tronco de los árboles, las piedras y las conchas, todas las mínimas maravillas por las que pasaba sin fijarme.
            En cuando la luna aparece en el cielo del atardecer, no importa lo diminuta y desvaída que pueda ser, Martín alza la mano, la señala con el dedo y grita “lúa”. Creo que es la primera palabra que le he oído pronunciar.
            Con Martín el mundo vuelve a ser creado, y a alta velocidad, delante de mí.
            Pero no todo es disneylandia, un niño no es un juguete, es una preocupación constante. Ahora está en edad de salir corriendo cuando menos lo esperas. Y ahí estoy yo corriendo tras él y gritando que pare mientras le veo dirigirse hacia la calzada. No para, claro, sino que acelera. Menos mal que he inventado un nuevo juego: cuando le grito “stop” ha de detenerse donde esté y dar un salto. Eso me permite alcanzarle.
            Antes era un ser rutinario, que no soportaba los cambios y que para sentirme a gusto tenía que hacer siempre lo mismo y a la misma hora. Con Martín no hay horario, le acompaño a pasear cuando a él le apetece salir a pasear; estoy con él –y el tiempo pasa sin sentir– hasta que quiere volver a casa. Cien ojos, mucha paciencia y algo de inteligencia: esa es mi receta para cuidar de este pequeño superhombre.
            Antes yo era una especie de robot, ahora soy casi un ser humano. Martín ha hecho el milagro.


Lunes, 27 de agosto
EN CAMISA DE ONCE VARAS

Al volver de la redacción de Clarín, me encuentro con una nueva librería de viejo en la Avenida de Galicia. No puedo resistir la tentación de entrar, y lo primero que veo son varios números de la Revista de Occidente. Compro uno, de 1985, dedicado a la Transición. Entre las colaboraciones, un espléndido artículo de Ignacio de Otto, “La Constitución abierta”.
            Ignacio de Otto fue catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo. Murió muy joven, con poco más de cuarenta años. Lo que dice de la Constitución me confirma que la que yo voté nada tiene que ver con la que esgrimen como amenaza los llamados partidos constitucionalistas.
            Ignacio de Otto no le diría nunca, a quien no entiende que la Constitución blinde ante la justicia las actividades privadas del jefe del Estado, lo que a mí me dijo uno de sus discípulos, Francisco Bastida, también catedrático de Derecho Constitucional: “Si quiere saber la razón, matricúlese en la Universidad y venga a mis clases”.
            Ignacio de Otto, sin necesidad de matrícula previa, nos explicaría el punto 3 del artículo 56 no como una garantía de impunidad, sino todo lo contrario. Tanto he discutido sobre ese artículo (que se interpreta habitualmente de manera ofensiva para la democracia española) que me lo sé de memoria: “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2”.
            El artículo 64, que también me sé de memoria, tantas veces lo he citado, dice: “1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. 2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden”. 
            Y el artículo 65.2: “El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su casa”. Hay otra actividad del Rey que no necesita refrendo del gobierno, la señalada en el artículo 65.1: “El Rey recibe de los presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su familia y Casa, y distribuye libremente la misma”.
            Francisco Bastida, en un debate anterior (mi combate por la decencia y contra la impunidad viene de lejos), me arguyó que la Constitución no hablaba del Rey, sino de “la persona del Rey” y que así quedaban incluidas todas sus actividades, tanto las públicas como las privadas. Pero, si así fuera, las actividades privadas también deberían estar refrendadas por el presidente del Gobierno o por algún ministro, que serían los responsables de las mismas. La Constitución española –esto lo sabía muy bien Ignacio de Otto, pero no alguno de sus discípulos– lo que hace es eximir al Rey de responsabilidad política ya que no ha sido elegido ni puede ser cesado. Se equivoque o acierte –el caso de su discurso del 3 de octubre–, quien asume la responsabilidad es el gobierno, no él.
            La Constitución no ampara delincuentes, como nos han querido hacer creer. Si hay indicios racionales de que un político, ocupe el cargo que ocupe, ha cobrado comisiones ilegales, oculta una fortuna en paraísos fiscales, aloja a sus amantes en residencias del Estado, la justicia debe de inmediato investigar. Luego ya se verá a quien corresponde procesarle y juzgarle (lo decidirá el tribunal constitucional, que es el encargado de interpretar una Constitución voluntariamente ambigua en muchos de sus puntos).
            En el caso de que el presunto delincuente fuera el Rey, antes de juzgarle, sería destituido por el Congreso ya que, al ser proclamado por las Cortes Generales, ha prestado juramente “de guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes”. Si incumple las leyes, es infiel a su juramento y no puede seguir siendo jefe del Estado, aunque pudiera seguir siendo Rey por graciosa concesión de un gobierno que no parece haberse leído muy atentamente la Constitución. Pero ese es un asunto que dejaremos para otro día.



Martes, 28 de agosto
PERDER AMIGOS

Llevo toda la vida perdiendo amigos, y en la mayor parte de los casos no por culpa suya, pero no termino de acostumbrarme. Cesan a Juan Manuel Bonet en la dirección del Cervantes y mi primer impulso es comentarlo con Andrés Trapiello, lo mismo que cuando leo alguno de sus artículos que me parece especialmente feliz. Comienzo a escribirle un correo o un whatsapp y solo un momento antes de enviarlo me doy cuenta de que ya no es amigo mío.
            Voy a tomar un café por la tarde, pensando en mis cosas, y cuando quiero darme cuenta estoy bajando por el Campillín hacia la librería de Valdés, donde solía proveerme de de siempre apasionante lectura. Afortunadamente, me doy cuenta a tiempo de que ya no soy allí bien recibido y me evito el mal rato de las caras largas.
            No sé conservar a los amigos. Esa es una de las asignaturas que todavía me queda por aprobar. A ver si me enseña el pequeño Martín.


Miércoles, 29 de agosto
EL CONSORTE DE LA REINA

¿Es constitucional el título de Rey que el gobierno otorgó al anterior jefe del Estado por decreto del 13 de junio de 2014? No lo parece. La Constitución afirma que “el Rey es el jefe del Estado” (artículo 56) y no otorga ese título a nadie más: habla de “Reina consorte”, pero no de Rey consorte cuando el jefe del Estado sea una mujer, sino de “consorte de la Reina” (artículo 58). A ese “consorte de la Reina”, el Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 le otorga “la Dignidad de Príncipe”,
            ¿Puede reformarse la Constitución con un Real Decreto –el 470/2014– que modifica otro? Parece que no, pero doctores tiene la santa madre Constitución y esos doctores no han dicho ni mú al respecto.
            La reforma constitucional ha de cumplir unos muy concretos requisitos. No se puede cambiar el texto del artículo 56. 1 para que en lugar de decir “El Rey es el jefe del Estado” diga “El Rey es (o ha sido) jefe del Estado” así por las buenas, justificándolo solo en la gratitud “por décadas de servicio a España y a los españoles” y en continuar “la senda de precedentes históricos y de la costumbre en otras monarquías”.
            Por cierto, ¿qué precedentes históricos son esos? En España solo hubo dos reyes en la época de las guerras carlistas, pero solo uno era el rey legítimo, o entre 1975 y 1977. cuando uno era heredero de Franco y efectivo jefe del Estado y el otro solo poseedor de los derechos dinásticos.


Jueves, 30 de agosto
DE CATALUÑA NI HABLAR

“Pedro Sánchez, / Pedro Sánchez, / no digas que no te aviso”, parafrasee yo un famoso romance histórico cuando la alevosa y vana traición. Ahora también me permito advertirle de que puede autorizar o no un referéndum en Cataluña, pero que si no lo hace no es porque se lo prohíba la Constitución, sino por más o menos atinadas consideraciones políticas.
            La Constitución, en su artículo 149.1, enumera las materias sobre las que el Estado tiene competencia exclusiva. Una de ellas, la número 32, es la “autorización para la realización de consultas populares por vía de referéndum”. Y no veta ningún tema. El que el gobierno central –el anterior y este– impida aclarar de una vez por todas si la mayoría de los catalanes está o no a favor de la independencia se debe a una decisión política –o al miedo a saber la verdad–, no  a una prohibición constitucional.
            Pero yo no de Cataluña no hablo, que no quiero perder a una de las pocas amigas que me quedan.

Viernes, 31 de agosto
SER PADRE

Nunca quise tener pareja, pero siempre quise ser padre. Lo primero –con mucho esfuerzo– lo he conseguido. Lo segundo… No diré ni que sí ni que no, eso son asuntos privados. Prefiero hablar de la Constitución y del paradójico desconocimiento que de ella muestran los partidos constitucionalistas, especialmente el animoso paladín de la nueva Reconquista, Albert Rivera: apenas hay declaración suya que no sea dudosamente constitucional o claramente inconstitucional.




37 comentarios:

  1. Regresa septiembre, regresa José Luis García Martín con su diario. Todo está en orden.

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    1. El diario sí, se interrumpe en julio y agosto para dar lugar a otra serie.

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  3. Miguel el Entrerriano3 de septiembre de 2018, 8:46

    Con frecuencia admiro el vigor mental de Martín, esta capacidad de explorar los pormenores de la figura legal del rey. Me produce también una especie de cansancio ajeno. Es la monarquía tan obsoleta, tan irracional al introducir el elemento genético, hereditario. Tan ridículamente pretenciosa, tan lesiva de la igualdad de las personas ante la ley, tan incoherente la dignidad formal con las realidades a flor de suelo...
    Pero en fin, supongo que son análisis necesarios y que alguien tiene que hacerlos.

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  4. Cambiar de régimen político no es cómo cambiar de piso, Miguel. En España tenemos una monarquía y podríamos seguir teniéndola (como otros países europeos) si el jefe del Estado "cumple la Constitución y las leyes", según su obligación. Hay indicios racionales de que el anterior monarca no respetó la ley (de momento, solo indicios: respetemos su presunción de inocencia, como la de los Pujol). Eso es algo que se debe investigar, pero nos dicen que la Constitución lo impide. Trato de demostrar esa ofensiva falsedad. Me parece más útil insistir en ese punto concreto que loar en abstracto a una República que solo llegará cuando fracase el régimen actual (siempre ha sido así). Antes que monarquía o república, el dilema es hoy decencia democrática o impunidad "legal" para el jefe del Estado.

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  5. En la entrada anterior reconocía JLGM, en estos asuntillos legales, derecho de réplica al TC, y a nadie más.
    Veamos lo que el TC dice respecto a su afirmación de que Pedro Sánchez puede autorizar o no un referéndum en Cataluña, pero que si no lo hace no es porque se lo prohíba la Constitución, sino por más o menos atinadas consideraciones políticas".
    La sentencia del año pasado en que el TC declaraba inconstitucional, y por tando nula de pleno derecho, la ley de convocatoria del "referéndum" del 1-O (designada literalmente en ella misma como "Ley del referéndum de autodeterminación", por lo que el TC se detiene a afirmar que Cataluña NO ES SUJETO DE TAL DERECHO) afirma literalmente que
    "lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos".
    Consecuentemente, no cabe para el TC ni que Cataluña unilateralmente convoque un referéndum sobre su permanencia o no en el Estado español, ni que el gobierno central le autorice a hacerlo, ya que es obvio que NO PUEDE DELEGAR UNA COMPETENCIA DE LA QUE CARECE.
    Quedaría pues sólo el subterfugio (que ya se ha intentado) de afirmar que un referéndum así no pretendería decidir sobre la secesión, cosa que el TC ya ha dejado repetidamente claro que es anticonstitucional, sino sólo preguntar a los catalanes su opinión al respecto.
    Pero también sobre ese subterfugio la opinión, repetidamente expresada, del TC es clarísima. Véase lo que al respecto dice, por ejemplo, la STC 103/2008, y que copio literalmente. La cuestión así planteada afectaría "al fundamento del orden constitucional vigente (en la medida en que supone la reconsideración de la identidad y unidad del sujeto soberano o, cuando menos, de la relación que únicamente la voluntad de éste puede establecer entre el Estado y las comunidades autónomas), y por ello sólo puede ser objeto de consulta popular por vía del referéndum de revisión constitucional [que, como JLGM seguramente no ignora, requiere la aprobación de al menos 2/3 de ambas Cámaras españolas, y la sumisión a referéndum EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL]. (...) No caben actuaciones por otros cauces ni de las comunidades autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está siempre, expresada en la decisión constituyente, la voluntad del pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional».
    En resumen: según el TC, ni cabe que una Comunidad convoque un referéndum sobre la soberanía, aunque se disfrace de mera "consulta popular" (porque lo haría sobre un tema sobre el que ni tiene ni puede tener competencia, mientras no se modifique la Constitución por el procedimiento que ella mismas prevé), ni cabe que lo autorice el gobierno (por la misma razón, porque no tiene competencia para ello; no puede, como dije antes, delegar una competencia de la que él mismo carece).
    Ésa, y no otra, es la opinión (insisto, repetidamente expresada) del TC. Luego para que Pedro Sánchez autorice un referéndum en Cataluña tendría que saltarse la prohibicón expresa del TC, y por tanto despreciar, en un asunto de especial gravedad, la división de poderes. En otras palabras, tendría que tomar una decisión abiertamente antidemocrática.

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  6. 1/ Repito la cita que hace Jose de la sentencia del TC: "lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos".
    Completamente de acuerdo: la independencia de Cataluña, para ser efectiva y perfectamente legal, tendría que ser negociada con el gobierno central y, votada por todos, previa reforma de la Constitución. Pero para iniciar ese complicado proceso es necesario saber previamente si la mayoría de los catalanes quiere optar o no por esa vía. Y para saber lo que los catalanes quieren no hay otro modo que consultárselo a ellos y solo a ellos.
    Esas decisiones que Jose cita se refieren a concretas leyes del Parlamento catalán no acordadas con el gobierno central. Si se acuerda un referéndum sobre un determinado tema, el tribunal constitucional (incluso con la actual mayoría) tendría muy difícil prohibirlo porque la constitución no veta expresamente ningún tema de consulta. La consulta sobre la independencia no puede prohibirla como no prohíbe los partidos independentistas. ¿Cómo iba a ser legal pedir el voto para un partido independentista e ilegal preguntarle a los ciudadanos si quieren ser o no independientes? Lo que es ilegal es !/ realizar un referéndum sin la aprobación del gobierno central (sobre cualquier materia)
    2/ si el referéndum se celebra legalmente y sale el sí a la independencia, declararla unilateralmente sin previa reforma de la Constitución (que requiere complicados trámites y aceptación por todo el pueblo español) sería ilegal.
    Lea Jose la Constitución, que es deliberadamente ambigua en muchos puntos, que es abierta para que pueda ser aplicada a realidades cambiantes, siempre a favor de los derechos y las libertades, y no le haga decir lo que no dice, aunque una resolución del tribunal constitucional parezca que se lo hace decir.
    Para declarar ilegal el independentismo hace falta algo más que una respuesta del tribunal a la constitucionalidad de una ley concreta, hace falta una reforma de la Constitución aprobaba por la mayoría del pueblo español.
    En resumen, que no se preocupe Pedro Sánchez: que si acuerda con el gobierno de Cataluña un referéndum, aunque se recurra al Constitucional, es muy dudoso que sea declarado inconstitucional. O sea, que si ese es su deseo político, adelante. Había más dudas cuando el matrimonio homosexual y eso no impidió que se aprobara y que, años después, fuera declarado constitucional.

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    1. Con ocasión de la consulta de la doble pregunta (el famoso 9-N), y ante su impugnación por el Estado, el TC dictó sentencia 32/2015, de 25 de febrero. Como se recoge en ella, la Generalitat alegaba, para defender su postura, que "el objeto de esta consulta es conocer la opinión de los participantes “con la finalidad de que la Generalitat pueda ejercer con pleno conocimiento de causa la iniciativa legal, política e institucional que le corresponde”, por lo que se considera evidente que la consulta es un instrumento de opinión, no de decisión".
      Pero el TC desmontó en su sentencia ese subterfugio, como ya expliqué antes.
      En otra sentencia del propio TC se lee que "este tribunal tiene declarado que queda fuera del alcance de la competencia de la Comunidad Autónoma formular, convocar o realizar actuaciones, formalizadas o no jurídicamente, que auspicien la convocatoria de consultas populares, sean referendarias o no, que desborden el ámbito de las competencias propias, pues no pueden afectar al ámbito competencial privativo del Estado, o que incidan sobre cuestiones fundamentales resueltas con el proceso constituyente y que resultan sustraídas a la decisión de los poderes constituidos por afectar al fundamento mismo del orden constitucional, dado que el parecer de la ciudadanía sobre tales cuestiones ha de encauzarse a través de los procedimientos de reforma constitucional [SSTC 31/2015,FJ 6 B); 138/2015,FJ 3; 51/2017, FJ 5 d); y ATC 24/2017, de 14 de febrero, FF JJ 7, 8 y 9)l."
      En resumen:
      1) la Generalitat no puede convocar una consulta, referendaria o no, para conocer la opinión de los catalanes sobre la independencia, por no tener competencias para ello.
      2) el Gobierno tampoco puede autorizarle a hacerlo, por la misma razón (se trata de "competencias sustraídas a la decisión de los poderes constituidos por afectar al fundamento mismo del orden constitucional"), por lo que
      3) "el parecer de la ciudadanía sobre tales cuestiones ha de encauzarse a través de los procedimientos de reforma constitucional", con las mayorías que también expliqué ya que para tal caso se requieren.
      No es que el TC "prohiba" nada, no es su función. Pero sí ha dejado meridianamente claro, una y otra vez, que sólo a través de una reforma constitucional previa cabría la posibilidad de una consulta sobre la independencia, Y NO DE NINGÚN OTRO MODO.
      Para eso es para lo que sí hace falta, le cito, "una reforma de la Constitución aprobaba por la mayoría del pueblo español". No para "declarar ilegal el independentismo", cosa que ni el gobierno español (ni el actual ni el anterior) han planteado nunca, ni menos el TC, que, al contrario, ha dejado repetidamente claro que el independentismo es LEGAL, siempre que se ejerza dentro de los cauces legales. Es más, el propio TC ha dicho que CUALQUIER aspecto de la Constitución puede modificarse, con los procedimientos y las mayorías que la misma Constitución determina.

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    2. Qué cabeza la tuya, Jose, es de las de "mejor morir con arreglo a las leyes de la medicina que vivir con vilipendio de ellas". Los ponentes de la Constitución (y los que la votamos) se llevarían las manos a la cabeza al ver que alguien entiende que la Constitución, que acepta el independentismo, y que se vote por supuesto a los partidos independentistas, exija su reforma para preguntar a los ciudadanos de una comunidad si quieren ser o no independientes. Ya se sabe que los "intérpretes" --los miembros del tribunal constitucional-- no siempre actúan con la imparcialidad necesaria, aunque haya que acatar su dictamen "en ese punto concreto", solo en ese caso, no en otros que pudieran plantearse. Un referéndum pactado entre el gobierno y la Generalitat sobre la consulta sería perfectamente legal aunque alguien recurriera su constitucionalidad (solo el gobierno tendría capacidad de paralizarlo mientras resuelve el tribunal y no lo haría puesto que es decisión suya). Cuando el tribunal decidiera (suele tardar dos o tres años de media), ya veríamos si es constitucional o no. Ateniéndose a la Constitución, es dudoso que se declarara inconstitucional. En cualquier caso, ya sabríamos sin ninguna duda lo que piensan los catalanes.
      La constitución española se proclamó para defender los derechos y las libertades de los españoles, no como arma de unos contra otros. Y el derecho a consultar a los ciudadanos es un derecho que no puede prohibir ninguna constitución democrática del mundo. Y que, por supuesto, no lo prohíbe la española.

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    3. "La Constitución española se proclamó para defender los derechos y las libertades de los españoles, no como arma de unos contra otros".
      Las Constituciones alemana (http://www.eltriangle.eu/es/actualidad/poderes/el-tc-aleman-niega-el-derecho-a-decidir-de-baviera_44465_102.html), italiana (https://www.lavanguardia.com/internacional/20170106/413132190705/italia-indivisible-referendum-veneto.html) o de los USA (http://www.vozbcn.com/2013/01/16/137292/eua-rechaza-secesion-texas/), como ya he recordado aquí más de una vez, sí debieron proclamarse "como arma de unos contra otros". Y tantas otras Constituciones europeas que igualmente descartan esa posibilidad. Francia, por ejemplo, que no sólo lo excluye, sino que dispone (art. 89) que "Ningún procedimiento de revisión [de la Constitución, nota mía] puede ser iniciado o llevado adelante cuando se refiera a la integridad del territorio".
      La Eurocámara (puede verlo aquí) considera el famoso 1-O "ilegal e ilegítimo". Otros "sofistas" de razonamiento "extremadamente deficitario".
      El problema de JLGM es, simplemente, que no sólo no acepta que otros puedan, legítimamente, pensar de otro modo que él, sino que necesita descalificarlos. Yo no: acepto perfectamente el derecho de los demás a pensar de otro modo que yo. No necesito descalificarlos por hacerlo, ni poner en duda su sinceridad o su capacidad de razonamiento.
      Dejémoslo: es completamente inútil.

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    4. ¿Y qué tendrá que ver lo que digan otras Constituciones? La Constitución francesa no admite ningún procedimiento de revisión que se refiera a la integridad del territorio, pero la Constitución española no lo descarta explícitamente, o sea, que lo acepta. Y es de ella de la que estamos hablando. Una constitución es una ley abierta, no es el código de la circulación con todo reglamentado, es interpretable, por eso se adapta a situaciones políticas muy diferentes. Si estará poco claro lo que es constitucional y lo que no (están claros solo los principios: defensa de los derechos y las libertades) que nadie sabe con certeza si una ley es o no constitucional, por eso hay leyes que un partido recurre, luego llega a un pacto conotro partido, y entonces retira el recurso, antes de saber si el tribunal la declararía o no inconstitucional.
      No sé si estos matices caben en la cabeza reglamentista de Jose ni si hacer esta afirmación es descalificar.

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    5. Lo que "tiene que ver" lo que digan otras Constituciones es, simplemente, que cuando JLGM afirma que
      "La constitución española se proclamó para defender los derechos y las libertades de los españoles, no como arma de unos contra otros. Y el derecho a consultar a los ciudadanos es un derecho que no puede prohibir ninguna constitución democrática del mundo",
      está afirmando dos cosas que son pura demagogia:
      1) que no permitir un referéndum secesionista es hacer de una Constitución un "arma de unos contra otros". Si así fuera, la gran mayoría de los países democráticos estarían en ese caso. Ya he citado cuatro ejemplos (Francia, Alemania, Italia, los USA). Podría seguir todo lo que desee: es la norma.
      Y que prohibirlo es algo que "no puede hacer ninguna Constitución democrática del mundo", de donde se sigue que la francesa, la italiana, etcétera, no son democráticas.
      2) Que el exigir una reforma constitucional PREVIA a cualquier intento secesionista haría "llevarse las manos a la cabeza" a los ponentes de la Constitución. Sólo viven tres (Roca, Herrero de Miñón y José Pedro Pérez Llorca), y su opinión al respecto es pública y conocida: "No hay vías al margen de la Constitución, más allá de su reforma" (Roca), quien también matizó que el único "derecho a decidir" que en ella cabe es "el que se usa en todas las elecciones". "No se puede premiar o ceder ante el desafío secesionista" (Herrero). Lo mismo Pérez Llorca.
      De los otros cuatro, fallecidos anrtes de todo este jaleo, son conocidos los enfrentamientos verbales de Peces Barba con el secesionismo catalán. Y de Fraga, supongo que usted mismo comprenderá que no era tampoco favorable a los planteamientos secesionistas.
      Dos afirmaciones, las suyas, que, como se ve, no se sostienen.
      No diré por eso que la cabeza de JLGM sea de una u otra manera, ni que coleccione sofismas o que su capacidad de razonamiento sea reducida. Aunque él se empeñe en no comprenderlo, o en hacer ver que no lo comprende, todas esas alusiones personales SOBRAN en una discusión civilizada, y no me verá a mí emplearlas.
      Digo lo mismo respecto a DC y los demás que de vez en cuando asoman. Su absoluta incapacidad para comprender que 1) es perfectamente legítimo que alguien pìense de un modo distinto al nuestro 2) eso no nos justifica de ninguna manera para, abandonando el terreno de la discusión civilizada de ideas, pasar a la descalificación personal (no "mi opinión es ésta", sino "usted es...", y aquí la primera barbaridad que se nos ocurra) me asombra y entristece. Como suele decirse, "háganselo mirar".
      Y lo dejo. Piense cada cual lo que desee; sí estaría bien que, sea eso lo que sea, aprendiesen que no es imprescindible acompañarlo de descalificaciones personales de quien piensa de otro modo. Aunque haya quien crea lo contrario, eso no refuerza la posición de quien lo hace: al revés, la debilita.

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    6. Las descalificaciones no son personales, sino de la manera de razonar un poco de brocha gorda (otra descalificación). Vamos a ver si aclaro el matiz clave en la cuestión. Una cosa es un referéndum secesionista, o sea, uno que automáticamente otorga la independencia a un país (previos los trámites para que sea independencia sea efectiva, que pueden ser largos, como en el Brexit) y otro un referéndum para saber si una comunidad autónoma desea o no la independencia. En este segundo caso, esa independencia no sería efectiva de inmediato, requeriría la reforma de la Constitución (con todos los trámites que ello implica: mayorías, un referéndum nacional, etc) para poder ser o no efectiva. Este segundo referéndum es el que, una vez pactados los términos y las garantías, resulta perfectamente constitucional e imprescindible para saber a qué atenernos (nos repiten que una minoría lleva a Cataluña al abismo, pero no nos dejan saber si efectivamente son una minoría, y entonces no hay problema, o una mayoría y entonces tenemos que iniciar un camino de reformas constitucionales).
      Este referéndum consultivo no sería aceptado por muchos independentistas, ya lo sé, tampoco por los unionistas de Casado o Rivera. Pero es perfectamente legal, no nos dejemos engañar. No lo prohíbe la Constitución (la española, no sé si la de Alemania o Venezuela, no vienen al caso). Y es el único camino democrático y pacífico (matiz importante) para poder salir del embrollo (no salir de inmediato, el problema tardará décadas en resolverse).

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    7. Bueno, al menos el tono es algo más pacífico; bienvenido sea.
      Falta señalar que, como ya lo he explicado antes de ahora (véase aquí mi nota del 4 de Setiembre, a las 11.08), tampoco el TC considera que quepa en la Constitución. Y no es que lo crea así solamente el TC actual. Ya en 2008, con motivo de la consulta que el gobierno Ibarretxe pretendía realizar en el País Vasco, el TC, en su sentencia 130/2008 de aquel año, declaró por unanimidad que la ley que pretendía autorizarla era inconstitucional, ya que no hay otro sujeto de la soberanía que el pueblo español en su conjunto (esto es, lo mismo que también dijo, y ya lo he citado igualmente, el TC alemán: "la soberanía recae en el conjunto de los alemanes"); y para que eso se modifique hace falta reformar antes la Constitución. Como así consta en el punto 3) de mi nota citada antes, con la referencia de las STC que lo dicen. Allí está citado el texto del TC que excluye la posibilidad de "convocar o realizar actuaciones, formalizadas o no jurídicamente, que auspicien la convocatoria de consultas populares, sean referendarias o no, que desborden el ámbito de las competencias propias, pues no pueden afectar al ámbito competencial privativo del Estado, o que incidan sobre cuestiones fundamentales resueltas con el proceso constituyente y que resultan sustraídas a la decisión de los poderes constituidos por afectar al fundamento mismo del orden constitucional, dado que el parecer de la ciudadanía sobre tales cuestiones ha de encauzarse a través de los procedimientos de reforma constitucional".
      No sólo, pues, "los unionistas de Casado o Rivera" no aceptan el referéndum consultivo en cuestión; tampoco el TC lo acepta, y así lo ha manifestado repetidamente a lo largo de los años.
      Y una cosa más, y termino: si yo he puesto aquí ejemplos de otras Constituciones es porque JLGM se empeña en afirmar que la consulta que él propone es algo "que no puede prohibir ninguna constitución democrática del mundo". Pero resulta que, como ya he mostrado, sí lo hacen. (Del mismo modo que, si traigo a colación a los ponentes de la Constitución, es porque él, no yo, afirma que "se llevarían las manos a la cabeza" ante tal prohibición; es sólo para mostrar con hechos que eso no es cierto).
      Curioso pues que el modo de razonar de JLGM, que incluye (como muestro con ejemplos) más de una afirmación falsa, sea tan irreprochable, y el mío, que no lo hace sino que cita escrupulosa y textualmente lo que de verdad dicen el TC o los tales ponentes, resulte "de brocha gorda".
      Qué le vamos a hacer: así es la vida.

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    8. Ninguna afirmación falsa, Jose. El tribunal constitucional nunca ha dicho que una consulta autorizada por el gobierno central sea inconstitucional. Otra cosa es una ley que permita a una comunidad organizar esas consultas por su cuenta, sin autorización del gobierno central. Repito, el tribunal constitucional no modifica la constitución (para ello son necesarios los procedimientos establecidos en ella), sino que interpreta si una determinada ley (y no cualquiera, sino una que haya sido recurrida por quien tiene competencia para ello) es o no constitucional. Su dictamen vale para esa ley. Cuando se dé el caso de que un gobierno valiente y democrático se atreva a pactar con el gobierno de Cataluña un referéndum, al amparo de la Constitución (que no le veta explícitamente ningún tema sobre los que pueda versar ese referéndum) y algún partido lo recurra, habrá que esperar a lo que decida el tribunal constitucional (suele tardar años en sus resoluciones, por lo que no todo estará tan claro como piensa Jose).
      Y sigo insistiendo en que ninguna constitución democrática puede prohibir una consulta a los ciudadanos reclamada por una parte significativa de los ciudadanos (el gobierno de una comunidad autónoma o un estado alemán) como no puede prohibir el matrimonio homosexual. Si parece que los prohíbe es porque cuando fue redactada no se planteaban esos problemas. Una vez que la sociedad ha cambiado, la constitución debe adaptarse a ella y no al revés, y lo hace por medio de las interpretaciones del tribunal constitucional (que refleja la evolución ideológica de la sociedad) o de una "enmienda" como en Estados Unidos o de una reforma, como en otros países. Si se niega a ello y sigue prohibiendo el matrimonio homosexual, en ese punto esa constitución deja de ser democrática, sea la de Italia o sea la de Venezuela.

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    9. Vamos a ver si nos aclaramos.
      Respecto a las afirmaciones falsas, yo he señalado específicamente dos.
      1) Dice JLGM, textualmente (nota del 4 de Setiembre, a las 12.59) que "los ponentes de la Constitución... se llevarían las manos a la cabeza al ver que alguien entiende que la Constitución... exija su reforma para preguntar a los ciudadanos de una comunidad si quieren ser o no independientes". Ya he mostrado que eso NO ES CIERTO respecto a los ponentes, al menos a la mayoría de ellos. Digamos pues que no es una afirmación falsa, sino sólo contraria a los hechos.
      2) También afirma JLGM (en la misma nota que cité antes) que "el derecho a consultar a los ciudadanos es un derecho que no puede prohibir ninguna constitución democrática del mundo".
      Sin embargo, ya he explicado que, por ejemplo, la francesa, dice que "Ningún procedimiento de revisión [de la Constitución, nota mía] puede ser iniciado o llevado adelante cuando se refiera a la integridad del territorio". La italiana, y he puesto también el enlace correspondiente, no sólo declara en su artículo 5 la indivisibilidad del territorio italiano, sino que (allí puede verse) lo considera una característica tan fundamental de la Constitución que ni siquiera puede ser sometida a reforma.
      Luego tampoco es cierto que una Constitución democrática no pueda prohibir una consulta secesionista. Pueden, y lo hacen.
      También aquí, por tanto, lo que JLGM afirma es contrario a la realidad.
      Cosa distinta es que eso a usted le parezca mal. Ésa es una muy respetable opinión suya. Pero no hay que confundirla con la realidad. Hacer eso, confundir nuestros deseos con la realidad, es lo que en inglés se llama wishful thinking, pensamiento desiderativo, y no es muy lúcido.
      Claro que el TC no modifica la Constitución; ni está para eso, ni tendría autoridad aunque quisiera. Está para interpretarla, para aclarar las dudas. Pero resulta curiosa esa afirmación de que, cuando el TC español afirma al respecto que "No caben actuaciones por otros cauces ni de las comunidades autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está SIEMPRE, expresada en la decisión constituyente, la voluntad del pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional", eso sólo sirva para la ley concreta que se discute (y eso aunque diga "siempre"), pero que discutiendo otra puede muy bien afirmarse lo contrario, esto es, que no es el pueblo español (o el alemán, como ya recordé) el titular exclusivo de la soberanía nacional, sino que puede muy bien serlo una parte de él; o bien que, a pesar de serlo, sí "caben actuaciones por otros cauces" que la modificación de la Constitución por los procedimientos previstos en ella.
      Si tal cosa ocurriera, eso sería una contradicción flagrante de la doctrina, repetidamente expresada, del propio TC; y la resolución en que ocurra, fácilmente denunciable por eso, por ser no sólo incoherente, sino completamente contraria, a la jurisprudencia del propio TC. En todo caso, nunca ha ocurrido hasta ahora.
      En resumen: JLGM confunde sus deseos (insisto, muy respetables) con la realidad, que es otra que lo que él dice. Y tiende además a pensar (en eso, se parece a muchos independentistas) que esas opiniones suyas son las únicas democráticas, de donde quien sostenga otras (quien se atreva a sostener otras), sea una Constitución democrática, un Tribunal Constitucional, un organismo europeo o quien haga falta, es que no es democrático, además de razonar que un modo deficiente. Porque verdades, al parecer, no hay, ni puede haber, más que una: la suya.
      Pues aceptémoslo así: qué remedio.

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    10. Qué barbaridad. Qué ganas de no entender. ¿Pensaron los ponentes de la Constitución en el matrimonio homosexual? Ni se les pasó por la cabeza. Y sin embargo finalmente se decidió que era constitucional y eso es así porque la constitución es una constitución abierta, deliberadamente ambigua, y por eso puede adaptarse a sociedades distintas: la de 1978, la de 2018, sin haber sido en lo sustancial reformada.
      El que se realice un referéndum pactado con el gobierno central (que en ese momento representa a la soberanía nacional) no va en contra de esa afirmación que usted me cita de que la soberanía nacional reside en el pueblo español). Ese referéndum solo indicaría que una parte del pueblo español no quiere seguir siendo parte del pueblo español, algo que la constitución ni le prohíbe ni puede prohibírselo. El que para materializar ese deseo (que una Autonomía se declare independiente) sea necesario reformar la Constitución no es cuestión que se debata aquí. Jose reconocerá, por lo menos, que yo me he leído la Constitución española y que, jamás he dudado, de que una declaración unilateral de independencia no cabe en ella. Lo que sí cabe --y ya puede rebuscar sentencias, que seguirá cabiendo-- es que los ciudadanos de una comunidad voten a partidos independentistas y que, si el el gobierno central lo autoriza, se les pregunte si son partidarios o no de la independencia. Algo que contribuiría mucho a aclarar la situación en que nos encontramos. Difícilmente podemos encontrar una salida al problema si no sabemos si hay problema, esto es, si la mayoría de los ciudadanos de Cataluña desean un Estado independiente.
      Y en cuanto a si es democrática o no la constitución de Alemania, etc, solo decirle que una constitución democrática puede no serlo en algún punto o interpretarse de manera no democrática. Eso es todo. ¿Tan difícil resulta de entender? Cuando en Alemania se plantee un problema como el escocés o el catalán, ya veremos si su respuesta es democrática (como en el Reino Unido) o no democrática (como en España). De momento, parece que los delitos por los que se encarcela a políticos en España no son delitos en Alemania, diga con lo que diga su Constitución.

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    11. Pues eso, lo que yo decía. Democrático es opinar de la única manera que se puede hacerlo, lo demás no es democrático. No hay más que decir.
      Y por supuesto que yo no pongo en duda que JLGM se haya leído la Constitución. Ni lo he hecho nunca. Al contrario que él, que en su nota del 3 de setiembre a las 13.04, en esta misma entrada, me recomienda que lo haga. Cierto que yo llevo meses citando textualmente frases y hasta párrafos de ella; pero eso se puede hacer sin leerla. Bueno.

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    12. Pues parece que todavía no se ha enterado el paciente Jose de que la Constitución es un texto distinto del código de la circulación y del código penal. ¿Nunca le ha parecido extraño que lo que los políticos y los comentarista dictaminen con tanta alegría si una ley es o no constitucional mientras que los expertos, los miembros del tribunal constitucional, los que se dedican solo a esos temas, tardan meses y a veces años en decidir si lo es o no? Piense un poco sobre este asunto y a lo mejor empieza a no ver tan claras cosas que cree evidentes.

      Una decisión es democrática no cuando lo digo yo, sino cuando la han tomado los ciudadanos o quienes los ciudadanos han elegido para ello (previa consulta, por supuesto, si supone un cambio en el programa electoral).
      Y el "espíritu" de una constitución democrática --que no es un texto cerrado, con todo decidido, lo que se puede hacer y lo que no-- debe interpretarse de acuerdo con la evolución de la sociedad, siempre a favor de la ampliación de los derechos y las libertades (¿todavía no ha entendido el ejemplo del matrimonio gay, aparentemente no constitucional, y por eso recurrido durante años por el PP, y finalmente aceptado como constitucional por el tribunal correspondiente porque era una ampliación del derecho del matrimonio a todos los ciudadanos?

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    13. Bien, dejémoslo aquí. Yo ya he dado mis razones, que quien quiera puede ver.
      Dice una conocida frase que "de la discusión sale la luz". No creo que eso sea siempre cierto, pero sí puede serlo a veces. Claro que para eso hace falta que los discutidores acepten de entrada que sus opiniones son cosa provisional y mejorable, y que por tanto es poco justificable, cuando el otro se esfuerza en razonar y apoyar sus razones lo mejor que sabe, descalificarlo por poco razonable, incapaz de ver, por más evidente y luminosa que se la muestren, la Verdad que sólo nosotros poseemos, ni hablar de las (supuestas) peculiaridades de la cabeza de uno, o de su (imaginario) gusto por la falacia. Menos aún, como hace el amigo DC, hablar de "monstruosidades" y "filisteísmos".
      Esas opiniones mías las comparte, equivocadamente o no, mucha gente, como JLGM sabe y supongo que DC no ignora. Y por hacerlo no son, no somos, ni más tontos ni más deshonestos que quienes piensan de otro modo.
      En eso, en respetar el derecho de los otros a pensar distinto, sin acusarlos sólo por eso de monstruos, imbéciles, filisteos o falaces, es en una de las cosas en que consiste la democracia. Aunque eso sea tan difícil de comprender para algunos.
      Un saludo.

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    14. No son dos opiniones igualmente válidas, Jose. En este caso, una está equivocada y otra no. Que los lectores libremente decidan. Una defiende la democracia y el espíritu constitucional y otra la imposición (convertir una comunidad autónoma en una colonia, que es lo que sería Cataluña si formara parte del Estado español contra la voluntad mayoritaria de sus ciudadanos) y la interpretación restrictiva de la Constitución.
      Yo le agradezco a Jose que me haya servido de pretexto para en estos comentarios decir lo que de verdad pienso sobre los dos puntos negros de la democracia española --el otro es negarse a investigar al anterior jefe del Estado, sobre el que hay abundantes indicios racionales de que presuntamente ha cometido reiterados y graves delitos, con el pretexto de que lo impide la Constitución, como si la Constitución pudiera amparar a un delincuente, ocupe el cargo que ocupe.

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    15. Pues me alegro de haberle proporcionado esa oportunidad. Y he de decir que la lectura de las dos primeras frases me había llevado a pensar, ingenuamente, que JLGM, como yo lo he hecho, se apartaba de la discusión y dejaba que el lector decidiera libremente; la lectura de la tercera me devolvió a la realidad. Que el lector "libremente" decida..., pero eso sí, que decida no entre dos opiniones igualmente respetables, sino entre la defensa de la democracia y la de la imposición colonialista. No sé si, en esas condiciones de "libertad", alguien razonable podría escoger la segunda opción; yo, desde luego, no lo haría. Sólo que, obviamente, ni es así como yo veo las cosas, ni eso lo que he expuesto en mis sucesivos mensajes.
      Veo también, al tiempo que éste, el mensaje a mí dirigido de "Miguel el Entrerriano". Nada le diré a él; me parece inútil. Pero, ¿de veras que a JLGM no le produce ni tantico así de desazón el que sus opiniones coincidan con quien necesita reforzar las suyas con tal cantidad (y lamentable calidad) de descalificaciones, sin duda temiendo (aunque quizá inconscientemente) que sin ellas no se sostendrían?
      ¿Se imagina JLGM una Cataluña en manos de gente tan tolerante y respetuosa? ¿Y es eso lo que desearía para los catalanes? Qué le habrán hecho, los pobres, si es así.

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    16. Aquí se habla mucho del TC alemán y muy poco de que este otoño España juzgará a diez personas que llevan un año en la cárcel (y les piden otros 30) por un delito de rebelión que Alemania dice que no existe.

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    17. De acuerdo con Josep Grau.
      Y en cuanto a Jose: la libertad de los lectores es total, me escuchan a mí, le escuchan a él (partidario de los que encarcelan a los que no piensan como él) y decide. No por como yo califique mi postura y la suya, sino por las razones que uno y otro damos para defenderla.

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    18. Es inútil: es como pedirle al sol que no salga, una imposibilidad metafísica. Como algunos no pensamos igual que JLGM, resulta que somos "partidario de los que encarcelan a los que no piensan como ellos". No le entra en la cabeza de ningún modo que se pueda, efectivamente, pensar distinto a él y no hacerlo ni por ignorancia ni por mala fe. No le entra, no hay manera. Qué le vamos a hacer.
      Respecto a lo que dice Josep Grau, la cosa es sumamente fácil. En opinión suya, y en la de JLGM, la justicia española lleva un año comportándose de un modo inquisitorial, abusivo y prevaricador ("dictar a sabiendas una resolución injusta").
      Ahora bien, en la UE a la que España pertenece cabe siempre la posibilidad, cuando un tribunal nacional no se comporta del modo que debe, de recurrir a una instancia superior. En este caso, está ahí a mano, sin ir más lejos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.
      Si tan convencidos están de esa flagrante injusticia que dicen, el no haberla denunciado todavía en todo este tiempo, pudiendo hacerlo (incluso un particular puede, si lo desea, presentar una denuncia; y no pocas presentadas por particulares han sido atendidas), es colaborar con ella.
      Mi consejo: no apoyen ni un momento más tan terrible injusticia: denúncienla. O exijan a los representantes políticos de su postura, si cren que ellos pueden tener más posibilidad de hacerlo y más fuerza para que se les oiga, que no lo demoren más.
      Cada día que pasa, al no hacerlo, están colaborando con esa atrocidad. Mala cosa.

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  7. "El sueño de la razón produce monstruos", y el afán desmedido de maquillar la realidad española también los produce. Una monstruosidad es sostener que la presunta autorización de un referéndum en Cataluña sería "una decisión abiertamente antidemocrática". Pues mire, no, ni hablar, ni por asomo. Podrá ser ilegal o subversiva (cosa muy fácil en España) pero nunca antidemocrática, pues consultar a los ciudadanos es democracia por definición. A estos extremos hilarantes del disparate se llega cuando en lugar de pensar por uno mismo se arrienda el pensamiento de El País o el del Economist. Esta vez el maquillador no se limita a retocar un poquito las apariencias; vuelve del revés el concepto de democracia. "Democracia a la española": no consultar. Sólo que esta propuesta de inversión del lenguaje está condenada al fracaso. La gente sabe ya lo que es democrático, mucho mejor que el maquillador.
    Los Estados NECESITAN conocer datos de sus ciudadanos, censos, proporciones, tendencias, números, cantidades. De ahí viene el término Estadística, de esa ineludible necesidad de los Estados. Los gobernantes de los Estados normales, democráticos, quieren conocer los datos de su población. Es una curiosa anomalía de la mutilada democracia española la actitud de pánico ante los datos del independentismo en Cataluña. No se trata de que los Gobiernos central/centralistas no estén interesados en los datos fiables, no. Es que están interesadísimos en desconocerlos, en una actitud histérica y extraviada seguramente única en Europa. (Naturalmente, el maquillador no distingue entre consulta estadística y Referéndum por la independencia. Too subtle).
    Pero creo que Sánchez es lo bastante listo para darse cuenta de que en esas cifras está la clave y el origen del trastorno actual. Sólo esas cifras permitirán acallar a los extremistas que afirman ser el 90% (de indepes o de depes). Por eso, si le interesa durar y sacar a Cataluña y a España del nefasto impasse, no lo tiene tan difícil. Ya que permitir a la Generalitat convocar el referéndum es ilegal y conduce a la cárcel, debe convocarlo el propio Pedro Sánchez como Jefe de Gobierno del Estado. Para Cataluña, o para el Estado completo, aquello para lo que "le dé permiso" la Constitución --en plata: sus intérpretes. Tan sencillo. (Pero atención. Si se llega a hacer, los unionistas frenéticos intentarán que se PROHIBA DESGLOSAR resultados por comunidades autónomas. Para la "democracia a la española" eso es cosa de poca monta. En bochornos superiores han caído).

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    1. Donde dice "Ya que permitir a la Generalitat convocar el referéndum es ilegal", evidentemente quiero decir
      "Ya que permitir a la Generalitat convocar la consulta es ilegal..."

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    2. Una vez más el viejo tópico. No, señor, "consultar a los ciudadanos NO ES democracia por definición". De serlo, Franco, que sometió a referéndum varias de sus "Leyes Fundamentales" (a partir justamente de la "Ley del Referéndum Nacional", de 1945), sería un indudable demócrata.
      Es preciso además que el referéndum, que es de lo que en este caso se trata, sea legítimo en sí mismo (¿le parecería igualmente aceptable que se convocase en Barcelona uno para decidir si los barceloneses desean seguir formando parte de Cataluña? ¿le parecería que el organismo que quisiera convocarlo tiene competencia legal para hacerlo?), y que la votación, si llega, se celebre con las imprescindibles garantías democrfáticas.
      Respecto a esto último, baste recordar que de la ocurrida el famoso 1-O, los mismos observadores internacionales TRAÍDOS POR LA PROPIA GENERALITAT INDEPENDENTISTA se negaron a avalar sus resultados, por haber carecido, justamente, de las más elementales garantías democráticas. (De donde puede colegirse lo que de "democrática" tiene la afirmación, repetida desde entonces sistemáticamente por el independentismo, de que a partir de sus resultados cuentan con un "mandato" del pueblo catalán para "implementar la república").
      Repito, pues: ES ABSOLUTAMENTE FALSO el mantra independentista de que "consultar a los ciudadanos es democracia por definición". Y, por más que, à la Goebbels, haya gente empeñada en que una mentira, repetida el suficiente número de veces, se convierte en verdad, eso es falso.

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    3. Permíteme que entre también en este debate. Pocas veces, Jose, he visto más cantidad de sofismas juntos y un razonamiento más deficitario.
      1/ Consultar a los ciudadanos es una de las características esenciales de la democracia. Esa consulta por supuesto debe cumplir unas condiciones: libertad para que los ciudadanos expresen su opinión, libertad para que las diversas opciones se defiendan públicamente, etc. Esos requisitos no se cumplieron en las votaciones del franquismo, por lo tanto traerlas aquí a cuento es un error, deliberado o no.
      2/ Un referéndum o una consulta sobre si los barceloneses desean o no seguir siendo parte de Cataluña podrá ser una tontería (nadie duda del resultado), pero si alguien quiere hacerlo (o sobre la independencia de "Tabarnia") de lo que puede estar seguro es de que nadie mandaría a los mossos a apalear a los votantes.
      3/ Una evidente mala fe eso de que los observadores internacionales traídos por la propia, única y legítima Generalitat (no hay una independentista y otra no) se negaran a avalar los resultados por falta de las más elementales garantías democráticas. Pocas veces se ha visto tanta mala fe: los organizadores pusieron todo su empeño en que tuviera todas las garantías posibles, quienes hicieron todo lo posible para que no las tuviera fue la Guardia Civil (los que la mandaban, claro). Si una consulta no tiene todas las garantías, debe repetirse. Eso es lo que están pidiendo los que trataron de hacer una consulta pacífica, legal y democrática el 1-O.
      Repito, pues: "consultar a los ciudadanos es parte esencial de la democracia", no hay democracia cuando se les tapa la boca a porrazos sobre algo tan importante como opinar sobre un asunto político que afecta a la comunidad.
      Jose, en ciencia o filosofía, tendría poco que hacer. Pocas veces he visto razonar de manera más claramente falaz.





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    4. Es curioso. El referéndum fue una patraña en la que votaron millones de niños y perros y el 21-D, con todas las garantías legales, hubo más votos independentistas que el 1-O.

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  8. Ya se lo explica muy bien Martín, pero habrá que decirle que Franco no convocó referendums, o referenda, sino simulacros desde una dictadura. ¿Aspira usted también a blanquear y maquillar el franquismo? No estaría mal que lo aclarase.

    Los observadores del 1-O no contaron sólo que aquella consulta no tuvo garantías, contaron también los motivos: la pseudo-democracia que usted intenta maquillar cada día, sí, esa que se niega a rehabilitar a los represaliados por el franquismo, obstaculizó la consulta mediante el uso de las armas contra la población civil inerme (que aún así consiguió votar con tesón y buena organización).

    Créame, sus esfuerzos y su filisteísmo son inútiles. Lo ha visto medio mundo.

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  9. Miguel el Entrerriano6 de septiembre de 2018, 20:13

    Veo ya pasar las logorreas del recalcitrante leguleyo con un entrevero de carcajada sofocada, hastío y escepticismo respecto a la capacidad evolutiva de ciertos humanos. "Logorreas de don Constituto" sería quizás un buen título para la sección, sin duda merecedora de un premio a la combatividad y a la paciencia para Martín. Que un sujeto con tantos hándicaps para el razonamiento se quiera erigir en elemento político normativo es ya descacharrante, pero eso no es todo, quiere también abolir los adjetivos. No entiende la relación estrecha entre democracia y consulta ciudadana pero no se le debe llamar ignorante, ni se puede afirmar que le ocurrió algo en cabeza, tal vez un mal golpe. No, no, prohibido! Es sólo que "piensa diferente". Terminante interdicto de llamar tonto al que reitera estulticias, faltaría más. Es que "piensa diferente". Y el encantado con encarcelar demócratas catalanes no es un "..." Qué va, es sólo que "piensa diferente".

    ¿Mala fe? Y claro que hay mala fe, cómo no. Pero hay mucho más que eso. Ofende a miles de familias de víctimas del franquismo cada vez que quiere lavar la cara al régimen que no las rehabilita de los juicios-parodia que sufrieron, y que no las saca de las fosas, y que no revisa a fondo las tramas de bebés robados, impunemente, largamente, por cientos. No hablo de la fechoría pasada, cuando la dictadura. Hablo de la fechoría actual, contemporánea, que es la negativa a hacer justicia hoy. Burla a miles de deudos de apaleados y torturados, cuando afirma que es homologable el régimen que se niega a las reparaciones. (Ya que así lo sostienen El País y The Economist, tan fiables como Standard and Poors, pero sucedáneo cerebral de Constituto).

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  10. Miguel el Entrerriano6 de septiembre de 2018, 20:24

    Se ha comentado poco, quizás nada, la hipotética convocatoria por parte de Pedro Sánchez de un Referéndum sobre Cataluña a nivel de todo el Estado, lo señaló D Cárdenas, y es lo que vienen vociferando los exaltados de esta letanía: "la soberanía reside en el Estado entero". Siempre vi en esa zoncera una mera excusa, una equivalencia "referéndum estatal" es como "nunca referéndum". Sería hermoso ver cómo se intenta. No tengo la menor duda de que estrujarían y retorcerían la Coartada, perdón, quise decir la Constitución, hasta hacerla decir lo que no dice para impedir la consulta. Lo harían los que realmente manejan los hilos. Esos grandes demócratas.

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  11. Toda la discusión en la que les veo enzarzados es un despilfarro de tiempo y tipografía, ya que parten de una premisa falsa: la de que España sea una democracia. Si alguna vez fue dudoso nos lo acaban de esclarecer varios centenares de militares nostálgicos de Franco. Y se da la circunstancia de que en sus manos -y demás artillería- estuvo todos estos años la salvaguardia del Estado de derecho.
    No me voy a empecinar en la enumeración de estigmas y vergüenzas, cada una de por sí suficiente para clasificar este régimen como le corresponde y no se admite.
    En estos riscos, está a punto de escenificarse una triple mascarada so pretexto de la exaltación de una patraña infumable, como es el mito de Covadonga. Espalda con espalda -y no precisamente por la angostura de la trocha que a la gruta lleva- veremos a los poderes fácticos del Régimen adosarse y jalearse los unos a los otros, pues es hora de dejar claro quién manda en esta patria.
    Acaba de archivarse en San Jerónimo el intento de una minoría que quería examinar las cuentas del Gran Capitán. Y, claro, esas cosas se exigen en una democracia, no se confunda el personal. Y vuelven a perder el tiempo los crédulos... Igual que ustedes examinando el culo del gorila, creyéndolo fornido gladiador.
    Que no se enteran...

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    1. Pues, anónimo Higgins, España es una democracia, solo que imperfecta, bastante imperfecta, con algunos puntos negros (pozos negros en realidad) que tratamos de eliminar, o de forzar para que se eliminen, sin que se nos venga encima todo el tinglado (y al paso que vamos, a la larga o a la corta, parece que va ser inevitable).

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  12. Un tío tan listo como usted sabe de sobra que a partir de cierto número y cierta gravedad de defectos un objeto pierde su naturaleza. Un coche sin pintura ni faros sigue siendo un coche. Pero sin motor ni ruedas ya no es un coche. Es un cachivache. La mal llamada democracia española es un cachivache. Ni siquiera se sabe bien qué clase de cosa sea. Apesta a oligocracia con corona-florero, pero no está claro qué coño es. Una máquina de injusticia, de desigualdad y de infelicidad colectiva.

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    1. Nada me da más miedo que los solucionadores mágicos de problemas imaginarios, que sólo son un pretexto para sus lamentables intervenciones.
      La democracia española tiene, como todas, sus problemas. Con todo, y como ya he repetido aquí más de una vez, el índice de democracia más conocido de los que se publican, el de The Economist, la considera (y eso desde hace años) una DEMOCRACIA PLENA, por encima de países como Francia, los USA o Japón, que no alcanzan esa categoría (véase: https://es.wikipedia.org/wiki/%C3%8Dndice_de_Democracia). Conozco otros tres índices más, todos con resultados similares.
      Ya sé que, como todo lo que choca con los propios prejuicios, pensará usted que eso no vale nada, aunque desde luego si los apoyara sería importantísimo. Aquí (https://www.lavanguardia.com/politica/20180131/44425496961/espana-empeora-indice-democracia-the-economist-catalunya.html) puede ver un artículo aparecido en Enero en La Vanguardia. El articulista subraya con insistencia que España ha bajado en esa clasificación (que en eso encuentra muy fiable) con respecto a otros años. No dice nada en cambio de que esas oscilaciones son normales, y que ya habían ocurrido antes. Afirma por su cuenta (sin pruebas, para qué) que eso tiene que ver con la situación en Cataluña. Y, por supuesto, no dice una palabra de que la consideración de España como "democracia plena" constituye un rotundo mentís de la matraca independentista, ésa que en su momento Guardiola expuso como vocero y que han repetido incansablemente todos los notables del independentismo, de que España es un "régimen autoritario". Porque ocurre que ésos también figuran en el índice, pero cien puestos por debajo de España y con una calificación de menos de la mitad.
      Pero al articulista (para quien, repito, The Economist es muy fiable, pero sólo cuando le interesa), a sus jefes y a usted no les importan nada todas esas cosas. Donde estén unos buenos prejuicios, que se quiten todos los datos del mundo; que, a fin de cuentas, los prejuicios son nuestros, y los datos no. Si yo lo comprendo.

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